ANULA LA COMISIÓN DE APERTURA

La Comisión de Apertura es un concepto presente en los contratos hipotecarios que ha sido objeto de controversia y debate en los últimos años. En este sentido, es importante aclarar que, según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la Comisión de Apertura no forma parte del precio de la hipoteca.
El TJUE ha establecido de manera reiterada que las cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios deben ser consideradas nulas y desprovistas de efectos jurídicos. En este contexto, se ha sostenido que la Comisión de Apertura puede ser considerada abusiva si no cumple los requisitos de transparencia y proporcionalidad.
El TJUE ha dejado claro que la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos hipotecarios no puede limitarse únicamente a la cláusula de interés de demora, sino que también incluye otras cláusulas como las comisiones por servicios relacionados con la hipoteca, como es el caso de la Comisión de Apertura.
Por tanto, la Comisión de Apertura debe ser considerada como una cláusula independiente y separada del precio de la hipoteca. Su inclusión en el contrato debe ser transparente, es decir, el prestamista debe informar claramente al prestatario sobre la existencia y el importe de dicha comisión antes de la formalización del contrato.
Además, el importe de la Comisión de Apertura debe ser proporcional a los servicios prestados por el prestamista. Esto implica que no puede imponerse una comisión excesiva que no guarde correspondencia con los servicios efectivamente prestados.

RECUPERA LO PAGADO POR LA COMISIÓN DE APERTURA. VERIFICA TU PRÉSTAMO HIPOTECARIO. SI LA COMISÍON DE APERTURA SUPERA LOS 1500€, ENTRA EN CONTACTO CON NOSOSTROS.